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Jardines Municipales: se aprobaron dos importantes modificaciones a la ordenanza

La Ordenanza Nº 11.841 fue reformulada en sus artículos 12 y 26 para mejorar y maximizar el uso de los lugares, como así también, garantizar un funcionamiento responsable y seguro  de estos establecimientos. 

En la sesión de este jueves, los concejales votaron a favor de la modificación de los artículos 12 y 26 de la Ordenanza Nº 11.841 que rige al Sistema de Educación Inicial Municipal. 

Con la modificación del artículo 12 se fija para la inscripción en los jardines municipales la edad de los niños y niñas al 30 de junio de cada año. En el caso de que cumpla la edad de cuatro años asistiendo a un jardín de gestión particular con posterioridad al mes de junio se autorizará a que continúe su concurrencia en la institución hasta la finalización del ciclo lectivo en curso. Asimismo, cuando haya cumplido los cuatro años de edad podrá permanecer en el jardín de gestión particular hasta el último día hábil del mes de febrero del siguiente año. 

En tanto, la modificación del artículo 26 responde a la necesidad de adaptar la normativa para que los espacios destinados a los jardines municipales puedan diversificar sus usos para aprovechar al máximo estas infraestructuras. De esta manera, los espacios podrían ser utilizados para actividades deportivas, culturales y talleres que beneficien a diferentes sectores de la comunidad.

Al respecto, el concejal Lucas Simoniello explicó que “la flexibilización de la normativa brinda a los gestores de estos espacios la posibilidad de adaptarse a las necesidades y demandas cambiantes de la comunidad, facilitando la implementación de programas y actividades que respondan a las necesidades específicas de cada contexto y período”.