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Proponen que los padres de chicos alcoholizados realicen tareas comunitarias

El Presidente del Concejo Municipal, Dr. Jorge Henn, junto a los ediles Noelia Montaño de Chiementín y Carlos Suarez (FPCyS), presentaron un proyecto de Ordenanza en el que proponen introducir cambios al Código de Faltas y al Régimen de Infracciones.

Según indicó Henn, “no es novedad el aumento del consumo de bebidas alcohólicas y en esta discusión, que está relacionada con el poder de policía municipal y el control de la vida nocturna, hay actores que son los padres, de los cuales no se puede soslayar su responsabilidad”.

Por ello explicó que “este proyecto pretende incorporar a los padres y su preocupación de forma directa en la estructura contravencional de la ciudad, mediante la posibilidad de que cursen una pena de tipo comunitaria si sus hijos menores se encuentran alcoholizados y generan disturbios. En tal sentido, agregó que “en materia de accidentología vial, nos  encontramos frente a hechos irreparables provocados por la irresponsabilidad de algunos menores, por eso es necesario generar conciencia”.

Los cambios

Sobre el Régimen de Infracciones y Penalidades (Ordenanza Nº 7.882/80), los concejales proponen incorporar el artículo 54 quarter, que manifiesta lo siguiente: “El mayor de catorce (14) de edad y menor de dieciocho (18) años que transite o se presente en lugares accesibles al público en estado de ebriedad o se embriague en lugar público o abierto al público y produjera molestias a los transeúntes o concurrentes, serán penados sus padres, tutores o guardadores a cumplir con tareas comunitarias y trabajos de conciencia educativa en beneficio de la comunidad que establezca el juez de faltas interviniente”.

Con relación a la modificación de este artículo y al espíritu de extensión de la responsabilidad a los padres, que ya estaba previsto en el Código de Faltas, los autores de la iniciativa manifestaron que “es un desprendimiento del deber de cuidado y educación que pesa sobre los padres para con los hijos, aún cuando estos se encuentran fuera de su esfera de vigilancia”.

También proponen modificar el artículo 12 del Código Procesal Municipal de Faltas (Ordenanza Nº 7881/80), respecto a la edad por la cual queda sometido un infractor a dicha norma. Plantean bajarla a 14 años (actualmente es de 16) y poner como tope los 18 años (en la norma es de 21) como rango etario en el cual se someta a los infractores a las disposiciones del Código, “conjuntamente con la extensión de la responsabilidad a sus padres, tutores o guardadores”.

Según fundamentaron “la baja de la edad responde a un análisis de la realidad, la cual nos marca que hoy el entendimiento de un menor de 14 años amerita que pueda ser responsable de determinadas faltas. Esto no significa que responda por ellas, cuestión que es atribuible a los padres”.