¿Cómo formular un proyecto?

¿Cómo podemos presentar nuestra idea en el Concejo?

Los proyectos para las diferentes normas que dicta el Concejo Municipal pueden tener distintos orígenes e ingresar de la siguiente manera:

 

  • Por parte de concejalas/es, uno o varios en conjunto.
  • Por peticiones particulares, de las/os ciudadanas/os santafesinas/os.
  • Por parte del departamento ejecutivo municipal.

Camino de un proyecto

El ingreso de un proyecto se realiza en la mesa de entrada del concejo municipal, situada en el edificio de calle Salta 2943.
Una vez allí, deberá cumplimentar el siguiente recorrido o trámite:

Trámite de un proyecto

Todos los proyectos presentados en Mesa de Entradas van al listado de asuntos entrados de la sesión, lugar donde se define a qué Comisiones será remitido para que las/os concejalas/es discutan y trabajen sobre los temas que el mismo aborda.

La única excepción para que un proyecto NO pase por las comisiones, es que los concejales y concejalas soliciten el Tratamiento sobre Tablas. Si se acepta, pasa directamente al listado de Orden del Día para su tratamiento. Si el mismo debe ser modificado, el Cuerpo se constituye en Comisión, y emite un despacho que pasa al Orden del Día de la misma Sesión.

Cuando se lo remite a las comisiones, las/os concejalas/es realizan las modificaciones que consideren pertinentes y, una vez que se logra un acuerdo, surge un despacho de comisión.

En el caso en que se hubiera designado más de una comisión para que trate el mismo proyecto pasa a la siguiente para que emita su despacho. Si existiera más de una opinión acerca de cuáles deben ser las modificaciones a realizar, surgen dos despachos: uno por la mayoría y otro por la minoría, reflejando las opiniones diversas.

Cuando el proyecto ha pasado por todas las comisiones derivadas, llega al Recinto con los despachos correspondientes como orden del día para su votación.

ORDEN DEL DÍA: Es el listado de temas o proyectos que están en condiciones de ser votados por las/os concejalas/es en la Sesión.

Los proyectos que se encuentran en el Orden del Día son sometidos a votación del Concejo. Si logran las mayorías necesarias, son aprobados y se transforman en normas municipales.

Finalización: Un proyecto votado afirmativamente, es comunicado por la Secretaría Legislativa al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines que correspondan.

Las normas pueden ser vetadas por el Ejecutivo o promulgadas convirtiéndose así en Ordenanza Municipal obligatoria.

NORMATIVAS

Para poder llevar a cabo estas actividades, las/os concejalas/es dictan cinco tipos de normas:

1 Ordenanzas

¿Qué son? Son disposiciones de carácter general y permanente para regular y organizar el funcionamiento de la ciudad. También pueden reformar o suspender otra ordenanza.
¿Por qué son las más importantes? Porque son las de mayor jerarquía emanadas por el Cuerpo Legislativo municipal. Y además, disponen las obras o acciones a ser realizadas por el Ejecutivo Municipal.

3 Decretos

¿Para qué sirven?
Son utilizados para autorizar peticiones y eximiciones de pagos. Los decretos también disponen la adopción de reglas referentes a procedimientos administrativos, que hacen al funcionamiento interno del Concejo, en su composición u organización interna.

2 Resoluciones

¿Qué son? Son disposiciones que tienen variadas finalidades, algunas de ellas:
– Otorgar autorizaciones,
– Disponer la realización de obras o acciones,
– Rechazar solicitudes particulares o de proyectos.

4 Declaraciones

¿En qué consisten?
Son mociones o proposiciones que sirven para exponer la opinión del Concejo sobre cualquier asunto de carácter público o privado. También sirven para manifestar la voluntad del órgano legislativo de practicar algún acto en tiempo determinado.

5 Comunicaciones

¿Cuál es su utilidad?
Tienen como finalidad expresar una solicitud, aspiración o pedido del Concejo. Estos pedidos pueden ser dirigidos al Departamento Ejecutivo u otro organismo sobre el cual no tiene jurisdicción.