La implementación de lo estipulado será gradual, y entrará plenamente en vigencia a partir del 1º de enero de 2012, disponiendo el Ejecutivo Municipal vía reglamentaria los plazos a cumplimentar por los diferentes tipos de comercios existentes.
De acuerdo a los impulsores de la iniciativa “el cambio propuesto, en apariencia simple representa una nueva mirada sobre nuestras costumbres. No se trata solo de eliminar una bolsa de polietileno, significa asumir que nuestros hábitos de consumo están afectando el planeta y es momento de cambiar. Se estima que solo en la Argentina se desechan 150 bolsas por persona cada doce meses lo cual equivale a varios miles de millones por año. Por eso el propósito de este proyecto es eliminar el impacto que provoca la abundancia de estas bolsas de gran perdurabilidad (se calcula en 300 años) en los rellenos sanitarios, los cursos de agua, desagües pluviales, basurales a cielo abierto, etc”.
La norma dispone que sea el municipio, a través del área correspondiente, el encargado de aplicar políticas tendientes a disminuir inmediatamente la utilización de bolsas plásticas por parte de la población en general.
La Ordenanza se funda en la necesidad de reducir, la cantidad de bolsas que se utilizan a diario, reutilizar las bolsas plásticas que se entreguen hasta tanto rija la prohibición total y por último, reciclar las que se utilicen hasta el 1º de enero de 2012, generando con dicho material bolsas que por sus características sean más resistentes y reutilizables.
A su vez, se prevé la posibilidad de suscribir convenios con:
• Instituciones de carácter educativo, asociaciones civiles preocupadas por la problemática y otros actores sociales que permitan generar conciencia acerca de la importancia de avanzar en la erradicación de bolsas plásticas.
Además se deberá elaborar un informe, cada seis meses y hasta que se cumpla la fecha prevista a los fines de monitorear la gradual implementación de la norma. El plazo podrá ser prorrogado por única vez hasta veinticuatro meses si, de los informes semestrales que elaborará la subsecretaría del ambiente surgiera dicha necesidad.
Se invitará a sumarse a las políticas públicas municipales tendientes a erradicar la utilización de las bolsas plásticas, a todos aquellos comercios locales que motivados por su sola preocupación ya han implementado medidas en el mismo sentido que el texto sancionado.
Por último, se podrán contemplar casos especiales de comercios que por diferentes características no puedan cumplimentar los plazos establecidos, elevando los mismos al Concejo Municipal con una recomendación de prórroga particular que no podrá exceder del plazo de doce meses a los fines de su aprobación por excepción por el Cuerpo Legislativo.