En el proyecto, iniciativa de la concejala Adriana Molina (FPCyS), se sostiene, además, que cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos personales se agrega, a los consignados en el DNI, el nombre conforme a la identidad de género adoptada.
En aquellas circunstancias en las que la persona tenga que ser nombrada en público, las y los agentes de este organismo, deberán utilizar únicamente el nombre de elección que respete la identidad de género adoptada, y no el nombre obrante en el documento de identidad.
Molina destacó el gran avance producido en los últimos años respecto de los Derechos Humanos, especialmente a partir de la reforma constitucional de 1994, y agregó que “sin embargo, como deuda pendiente de políticas públicas y legislaciones acordes, el llamado colectivo de personas lesbianas, gays y trans, no han tenido la misma protección y reconocimiento en este sentido”.
La concejala ofreció información respecto de este grupo y afirmó que las personas travestis, transexuales y transgéneros representan el 35% del total de personas que viven con VIH sida en nuestro país; su promedio de vida es no supera los 36 años; más del 90% tiene como única fuente de ingreso el trabajo sexual y el 81% no finalizó sus estudios secundarios. “Esto me llevó a reflexionar acerca de las situaciones tremendas de exclusión y discriminación a las que son sometidas estas personas por su orientación sexual y su identidad de género”, expresó, y luego agregó: “que el promedio de vida sea éste habla de tremendas falencias en el servicio de salud pública; habla, quizás en muchos casos, de la autoexclusión”.
Finalmente, sobre la iniciativa aprobada sostuvo: “es algo concreto y simbólico a la vez porque vamos a permitir que las personas trans tengan ese derecho y esa posibilidad de poder utilizar el nombre que tiene que ver con su plan de vida, con la forma como se autoperciben y dejar de pensar en ese Estado perfeccionista que plantea una serie de normas que sólo tiene que ver con un modelo que, nosotros entendemos, ya no corresponde a lo que verdaderamente es nuestra sociedad”.
¿Qué es identidad de género?
La identidad de género es una dimensión del derecho a la identidad. En ese marco, la utilización de un nombre que se corresponda con la identidad de género que cada persona define para sí, constituye una medida imprescindible para asegurar su pleno desarrollo y su efectiva participación en la vida política, económica y social de la comunidad.
En ese sentido, cabe señalar que el respeto de la identidad de género de las personas se vincula con el reconocimiento del derecho a la identidad y del derecho a ser diferente.
El derecho a la identidad se encuentra implícitamente protegido en nuestra Constitución Nacional, en su Artículo 33, y en la Constitución de la Provincia de Santa Fe, en su artículo 8.
En ese marco es que debe evitarse que las personas travestis y transexuales, al momento de hacer cualquier tipo de trámite en las reparticiones y/o efectores públicos provinciales, sean sometidas a la violencia de ser nombrados/as públicamente por el nombre que figura en su DNI, por cuanto el Estado debe garantizar que las mismas puedan vivir plenamente su derecho personalísimo a la libre opción sexual, respetando su identidad de género y a la posibilidad de ostentar un nombre social que concuerde con la misma.
Cabe destacar que existe un proyecto de similares características presentado por el Movimiento de Integración Sexual, Étnica y Religiosa (MISER), institución reconocida a nivel nacional.