Los integrantes del Cuerpo Legislativo local aprobaron dos proyectos presentados por la concejala Fanny Jara (FPCyS-UCR) que refieren a la actividad inmobiliaria de la ciudad. Fue en la Sesión de este jueves, momento en que los Concejales acompañaron una iniciativa que dispone que las empresas inmobiliarias o personas físicas encargadas de intermediación o corretaje “deberán exhibir en el interior de sus locales, uno o más carteles a los fines de garantizar la percepción clara y efectiva por parte de sus actuales o potenciales clientes sobre la importancia de cerciorarse en las oficinas municipales correspondientes sobre las condiciones que debe reunir un inmueble que requiera de habilitación municipal”.
“A partir de esta normativa se pretende evitar que los ciudadanos santafesinos adquieran o alquilen locales para cualquier tipo de explotación comercial, que no se encuentren enmarcados dentro de la normativa municipal. De esta manera, los clientes de las distintas inmobiliarias podrán informarse previamente antes de efectuar la negociación”, explicó Fanny Jara.
Por su parte, al momento de tomar la palabra en el Recinto, el presidente del Concejo, Leonardo Simoniello, manifestó: “El objetivo es evitar una situación que genera grandes perjuicios. Se trata de informar al vecino que se acerca a una inmobiliaria, mediante cartelería, sobre el tipo de habilitaciones y documentación con las que cuenta el inmueble, principalmente cuando es por un alquiler con fines comerciales. De esta manera, podemos empezar a evitar problemas que hoy se dan sobre permisos que no se pueden otorgar porque falta un plano o un certificado de final de obra”.
Asesoramiento
El proyecto propone brindar una respuesta a un problema que se puede constatar en el área de Habilitación de Negocios de la Municipalidad, debido a la desinformación que tienen muchas personas al momento de iniciar los trámites correspondientes para la inscripción y posterior habilitación de una actividad en un inmueble determinado.
Vale destacar, que en este sentido, numerosos son los casos de santafesinos que, habiendo ya alquilado o comprado un local comercial, a la hora de gestionar su correspondiente habilitación no reúnen los requisitos necesarios para realizar la actividad pretendida. Tales requerimientos tienen que ver con exigencias edilicias, planos aprobados, uso proyectado y normas aplicables a la actividad en cuestión, entre otros puntos.
Registro Municipal de Inmobiliarias
Por otra parte, el Concejo respaldó otro proyecto de Fanny Jara con el objeto de regular la habilitación municipal, con requisitos específicos, de los locales en los que se ejercite la intermediación o el corretaje inmobiliario. Para ello, se dispone la creación de un “Registro Municipal de Inmobiliarias”. Para acceder a la inscripción el titular o uno de los propietarios de las agencias inmobiliarias deberán poseer la matrícula vigente otorgada por el Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Santa Fe de la Primera Circunscripción, de acuerdo a la Ley Nº 13.154.
De esta manera, el Municipio asentará en orden cronológico los locales habilitados debiendo constar la actividad de explotación comercial: nombre de fantasía; nombre y apellido o razón social y número de matrícula del titular o titulares, domicilio real y legal y número de habilitación del local.
A su vez, se detalló que toda la cartelería que se exhiba dentro del ejido municipal y que corresponda a inmobiliarias o locales habilitados conforme a la presente Ordenanza, deberá incluir el número de matrícula del titular responsable de la explotación y el número con el que se encuentren inscriptos en el Registro Municipal de Inmobiliarias.