El Concejo dispuso que la Municipalidad cumpla de forma efectiva con una ordenanza vigente desde el 2004 -número 11.161- que instituyó la figura del “Placero”, para el cuidado y mantenimiento de los espacios públicos.
Según Ponce el placero es “quien debe cumplir funciones de guardador y cuidador de espacios verdes públicos de dominio municipal, en todas las plazas y parques. Sin embargo, esa figura que sería tan vital para el cuidado, mantenimiento y el control de los espacios verdes, no está presente en nuestras plazas”
“El municipio destina anualmente un número importante de recursos al mantenimiento y reparación de los espacios públicos, por lo que consideramos que aplicar este sistema es económicamente factible, puesto que una efectiva labor de vigilancia y mantenimiento redundarían en el ahorro de sumas que hoy se gastan como consecuencia de hechos vandálicos, por mal uso de las instalaciones o por falta de mantenimiento”, explicó el edil frentista.
"Muchas de las plazas que recorremos no tienen placeros ni los elementos de mantenimiento. Los placeros cumplen un rol fundamental; hay muchas plazas abandonadas en la ciudad. El municipio debe cumplir con su tarea y esta mediación del placero es muy importante", dijo Marcela Aeberhard, apoyando la iniciativa.
"Ojala tengamos en algún tiempo todas las plazas con sus placeros. Acompañamos la iniciativa con nuestro voto" señaló el concejal Carlos Suárez.
¿Qué dice la Ordenanza 11.161?
Según la norma sancionada en 2004, el “Placero”, es quien “deberá cumplir funciones de guardador y cuidador de espacios verdes públicos del dominio municipal, en todas las plazas y parques del ejido urbano santafesino”.
Entre las funciones se establece específicamente el “Cuidado y mantenimiento del espacio verde”: a) barrido y baldeo de calzada y caminos con baldosas; b) corte de césped; c) colocación de florales en canteros; d) poda de ornamentales; e) riego; f) fertilización; g) forestación y h) recolección de hojas. Además, la ordenanza prevé la “Vigilancia y control del espacio de uso público”: a) cuidado del mobiliario urbano, pisos, luminarias y juegos existentes; b) aviso de necesidad de reparación y/o colocación de los anteriores; c) tareas de observación, educación y orientación de actitudes”, dice.
“Para el correcto desarrollo de estas funciones el Placero deberá estar capacitado en aspectos concernientes a: jardinería, mantenimiento, vigilancia y control de espacios de uso público y relaciones públicas. Los “Placeros” deberán usar uniforme u otro elemento identificatorio, provisto por el Estamento Municipal, que los identifique como agentes municipales”, reza la norma.