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Crean un programa de reducción progresiva y prohibición para plásticos de un solo uso

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El Concejo Municipal sancionó este jueves una Ordenanza que crea un programa de reducción progresiva y prohibición de plásticos de un solo uso. “Se consideran `plásticos de un solo uso” a aquellos elementos moldeados con polímeros, no vegetales o naturales, a partir de la presión y el calor que por sus características de fabricación, venta y /o distribución, están destinados a ser utilizados una sola vez, sin perjuicio de su capacidad propia de reutilización por decisión de quien lo adquiere”, reza la Ordenanza votada.

Objetivos

“El programa tiende a promover la transición de hábitos de consumo en las personas; el objetivo es disminuir los productos descartables de un sólo uso y en particular los de materiales plásticos; prohibir, progresivamente, la utilización de determinados plásticos y promover procesos de sustitución por alternativas reutilizables, compostables o biodegradables”, explicaron los concejales

“Es menester concientizar sobre el impacto ambiental del destino final de estos productos, promover acciones que pongan de manifiesto los beneficios de la disposición final correcta o reutilización y promover el cuidado de los cursos de aguas, reduciendo la contaminación por plásticos, micro plásticos y por filtros o colillas de cigarrillos”, señalaron Aeberhard, Ceresola y Suárez.

Prohibición

El artículo 4º de la Ordenanza votada es taxativo. “Prohíbase en los comercios de la Ciudad de Santa Fe la utilización, entrega y expendio de sorbetes plásticos de un solo uso. La implementación será progresiva, de acuerdo al siguiente cronograma: 1) De modo inmediato no se permite ofrecer o colocar sorbetes plásticos de un solo uso a la vista del cliente; 2) A partir de los ciento cincuenta (150) días de sancionada no se permite la utilización, entrega y expendio de sorbetes plásticos de un solo uso”

El municipio deberá convocar a un espacio de trabajo, que incluirá a concejales, funcionarios y representantes del Centro Comercial y la Unión Industrial a los fines de establecer “acciones y plazos a seguir a los fines de avanzar progresivamente en la erradicación de la utilización de otros elementos de plásticos de un solo uso, como ser vasos, utensilios, bandejas de empaque de alimentos, papel film, entre otros”, señala la ordenanza.

Excepciones

La Ordenanza exceptúa “aquellos productos que se justifiquen por cuestiones de profilaxis en establecimientos de salud, asepsia, razones médicas o protección de alimentos, o por ser productos que de fábrica traen algún elemento plástico de un solo uso”

El municipio en un lapso de 180 días deberá tomar medidas que impulsen la eliminación de la utilización de este tipo de plásticos en los edificios públicos municipales; invitar a adherir al Gobierno de la Provincia de Santa Fe y al Gobierno Nacional en sus edificios en la ciudad e instalar contenedores especiales para facilitar la recolección diferenciada de elementos de plástico y su posterior reciclado.

Difusión y controles

La Municipalidad deberá implementar campañas de información y concientización sobre la necesidad de erradicar o disminuir la utilización de este tipo de plásticos y deberá establecer cartelería permanente en espacios públicos y balnearios de nuestra ciudad, así como folletería específica.

Finalmente, la Ordenanza prevé –en una primera instancia- a) apercibimiento “frente a la primera verificación de incumplimiento”, donde se dejará constancia del mismo e instará a la presentación de un plan de adecuación a la presente normativa que no podrá exceder los 90 días; b) verificaciones posteriores de infracción, con multas de 100 a 250 U.F (unidades fijas); y finalmente clausura por el termino de 48 horas.